Delitos Fiscales

  • Por Equipo Expresión Forense
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  • 25 abril, 2022
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  • Derecho
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Se consideran delitos fiscales a las transgresiones que se llevan a cabo en contravención a una disposición legal y que ameritan una pena de prisión. Para que exista un delito debe existir una actuación dolosa por parte del sujeto que está cometiendo el delito.

Un delito fiscal es aquella conducta descrita en la ley fiscal, a la cual se le atribuye pena de prisión por violentar las normas más elementales del sistema tributario. El delito fiscal más frecuente es el de defraudación fiscal que consiste en “engañar” a la Secretaría de Hacienda a través de la evasión del pago de cualquier contribución.

Son responsables de los delitos fiscales, quienes:

I. Concierten la realización del delito.
II. Realicen la conducta o el hecho descritos en la Ley.
III. Cometan conjuntamente el delito.
IV. Se sirvan de otra persona como instrumento para ejecutarlo.
V. Induzcan dolosamente a otro a cometerlo.
VI. Ayuden dolosamente a otro para su comisión.
VII. Auxilien a otro después de su ejecución, cumpliendo una promesa anterior.
VIII. Tengan la calidad de garante derivada de una disposición jurídica, de un contrato o de los estatutos sociales, en los delitos de omisión con resultado material por tener la obligación de evitar el resultado típico.
IX. Derivado de un contrato o convenio que implique desarrollo de la actividad independiente, propongan, establezcan o lleven a cabo por sí o por interpósita persona, actos, operaciones o prácticas, de cuya ejecución directamente derive la comisión de un delito fiscal.

Dentro de los delitos fiscales de mayor relevancia se señala:

-El contrabando: quien introduzca al país o extraiga de él mercancías, omitiendo el pago total o parcial de las contribuciones o cuotas compensatorias que deban cubrirse, sin permiso de autoridad competente, cuando sea necesario este requisito. De importación o exportación prohibida.
-Defraudación fiscal: el cual consiste en engañar a la Secretaría de Hacienda, a través de la evasión del pago de cualquier contribución. Defrauda el que omite ingresos tributarios y deja de cubrir la cuota que le corresponde aportar a la federación en términos de las disposiciones correspondientes.
-Al que por sí o por interpósita persona, expida, enajene, compre o adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados. Será sancionado con las mismas penas, al que a sabiendas permita o publique, a través de cualquier medio, anuncios para la adquisición o enajenación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados. Cuando el delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones, será destituido del empleo e inhabilitado de uno a diez años para desempeñar cargo o comisión públicos.


Calor Romero, Víctor Martínez, Ricardo Cacho. (2020). Todo lo que usted quería saber sobre delitos fiscales. 2022, de INACIPE Sitio web: https://inacipe.gob.mx/assets/docs/carrusel/delitosfiscales.pdf
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, TÍTULO CUARTO.