Derechos de las Personas Desaparecidas

  • Por Equipo Expresión Forense
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  • 24 junio, 2022
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  • Derechos Humanos
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La Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas con las Desapariciones Forzadas de 2006; define “desaparición forzada” como: “...el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de la libertad que sean obra de agentes del estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley”

Esta práctica se ha utilizado como estrategia para difundir miedo entre los ciudadanos; de la misma manera se ha convertido en un problema no solo regional sino mundial. Así pues las desapariciones fueron principalmente producto de dictaduras militares, sin embargo, actualmente también pueden cometerse en situaciones complejas de conflicto interno, originalmente como método de represión política de los oponentes.

Es caracterizada por la negación de las autoridades a reconocer dicha privación de la libertad por la ocultación de información sobre la suerte o el paradero de la persona desaparecida, evitando así que la víctima pueda ser protegida por las leyes.

La desaparición forzada viola un conjunto de derecho humanos (civiles, políticos, económicos, sociales, culturales, etc.), consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y enunciados en los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, así como otros importantes instrumentos internacionales de derecho humanitario; razón por la cual la CNDH menciona los siguientes derechos violentados a través de esta práctica:

•Derecho a trato digno:
•Derecho a la libertad:
•Derecho a la integridad y seguridad personal:
•Derecho a la igualdad ante la ley:
•Derecho a la legalidad:
•Derecho a la seguridad jurídica:
•Derecho a la defensa y al debido proceso:
•Derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica:
•Derecho al acceso a la justicia:
•Derecho a un nivel de vida adecuado.
•Derecho a la protección y a la asistencia a familia.
•Derecho a la vida, en caso de muerte.

Sin embargo desde la doctrina jurídica, la desaparición forzada (Mosocoso Urzúa), constituye una violación a los derechos humanos de carácter: múltiple (viola todos los derechos), continuo o permanente (se prolonga en el ámbito temporal con respecto a las personas que se mantienen desaparecidas), imprescriptible (ya que esta catalogado como crímenes de lesa humanidad ) y pluriofensivo (ya que se violan los derechos de la persona desaparecida así como de sus familiares, comunidad y sociedad).


REFERENCIAS

González Martín Nuria, Rosas Fregoso Roxana. (2018). DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS, TORTURA Y DESAPARICIÓN FORZADA. CDMX: INEHRM.
CNDH. (2018). Desaparecidos - Derechos Relacionados con la Desaparición de Personas. 2022 Sitio web: https://www.cndh.org.mx/derechos-humanos/desaparecidos-derechos-relacionados-con-la-desaparicion-de-personas
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Folleto 6. Desapariciones forzadas o involuntarias.: Derechos Humanos .